En una decisión contundente, la jueza Clara Luz Almonte, de la Segunda Sala de la Cámara Penal del Distrito Nacional, declaró inadmisible este martes la demanda por 10 millones de pesos incoada por familiares del ícono típico del merengue, Tatito Henríquez, contra el legendario bachatero Anthony Santos. La demanda se basaba en supuesto uso y monetización de la canción "Corazón de piedra" por parte de Santos.
La jueza Almonte tomó esta determinación tras acoger un incidente presentado por la defensa del bachatero, representada por el abogado Carlos Balcácer. La defensa argumentó que los sucesores de Tatito Henríquez no debieron presentar la demanda en materia penal, sino en materia civil.
"Estamos frente a una acusación deficitaria por parte del Ministerio Público", señaló la magistrada Almonte. "El informe del Dicat resulta contradictorio, ya que no se establece bajo qué usuario se hizo la publicación de la canción y quién fue la persona física que subió esa publicación".
Además, una fuente confiable reveló que el demandante no es hijo biológico de Tatito Henríquez, lo que sugiere irregularidades en la alta de nacimiento del demandante. Se insta a los merengueros típicos que creen haber sido perjudicados a reclamar su dinero en los tribunales correspondientes.
Esta decisión marca un giro en el caso y resalta la importancia de la correcta aplicación de la ley en materia de propiedad intelectual y derechos de autor.

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